El plazo termina el lunes 26 de octubre y dos días después se publicarán en el BOE
MADRID, 20 Oct. (EUROPA PRESS) –
Los partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores podrán presentar desde este miércoles, 21 de octubre, sus candidaturas al Congreso y al Senado para las elecciones generales del próximo 29 de noviembre, un plazo que permanecerá abierto en las distintas Juntas Electorales Provinciales hasta las doce de la noche del lunes 26 de octubre.
Según el calendario electoral, las formaciones políticas dispondrán de seis días naturales para registrar sus listas en las circunscripciones en las que pretendan concurrir, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el miércoles 28 de octubre.
No obstante, esta publicación no será definitiva, ya que las Juntas Electorales Provinciales dispondrán de los dos días siguientes para comunicar las irregularidades apreciadas o denunciadas en las candidaturas, que las formaciones políticas podrán subsanar en un plazo de 48 horas desde su notificación.
Una vez completada esta revisión, las juntas electorales tendrán hasta el lunes 2 de noviembre para proclamar las candidaturas, que serán publicadas en el BOE al día siguiente, martes 3 de noviembre.
Las formaciones políticas podrán recurrir dicha proclamación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo entre el 4 y el 5 de noviembre, con un plazo de dos días para su resolución. Posteriormente, podrán acudir en amparo al Tribunal Constitucional, que deberá resolver en tres días. Además, durante la campaña electoral se podrán presentar recursos ante la Sala Especial del Tribunal Supremo, cuyas decisiones también podrán recurrirse ante el Constitucional.
MENOS COALICIONES QUE EN 2023
Podrán presentar candidaturas los partidos y federaciones inscritos en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior, así como las coaliciones electorales que se constituyeron y que fueron comunicadas a la Junta Electoral correspondiente hasta este viernes por la noche.
En esta ocasión, nueve coaliciones electorales se han registrado ante la Junta Electoral Central, de las cuales dos se presentan exclusivamente al Congreso, tres al Senado y otras cuatro son de ámbito autonómico y concurren a ambas cámaras. A los comicios de 2023 concurrió una docena de coaliciones: tres de ellas de ámbito nacional, una del Senado, y ocho autonómicas.
La coalición más importante para el 29N en la Cámara Baja es la de Frente Amplio, que encabeza Ada Colau y Emilio Delgado, y que finalmente no llegó a un acuerdo con Podemos, salvo en Canarias y Comunidad Valenciana. Para el Senado, la coalición más relevante es la conformada entre PSOE y Frente Amplio en la mayoría de las circunscripciones.
Hay también coaliciones que, al afectar a una única circunscripción, se han presentado en Juntas Electorales Provinciales, como la armada por Més y Frente Amplio en Baleares o la de UPN y PP en Navarra.
AVAL DEL 0,1% PARA LOS PARTIDOS SIN REPRESENTACIÓN
En el caso de los partidos, federaciones y coaliciones que no obtuvieron representación en ninguna de las dos cámaras en las anteriores elecciones generales, será necesario reunir las firmas de, al menos, el 0,1% de los electores inscritos en el censo de cada circunscripción por la que pretendan concurrir.
Este es el caso, por ejemplo, de Democracia 21, que se ha conformado como coalición con Ciudadanos y UCIN, y que pretende presentarse a las circunscripciones de Madrid y Barcelona. Así, en la primera provincia tendrán que presentar al menos unas 5.500 firmas y para la segunda al menos unas 4.400.
También podrán presentar listas las agrupaciones de electores, aunque en su caso deberán contar con el respaldo de, al menos, el 1% de los electores inscritos en el censo de la correspondiente circunscripción. Ningún elector podrá avalar con su firma más de una candidatura.
A diferencia de los partidos políticos, estas agrupaciones se constituyen exclusivamente para participar en un proceso electoral concreto, sin necesidad de inscribirse en el Registro de Partidos Políticos y sin posibilidad de presentar candidaturas conjuntas que abarquen varias circunscripciones.
NOVEDAD: LISTAS CREMALLERA DE HOMBRES Y MUJERES
Otro de los requisitos que deberán cumplir las candidaturas es el respeto al principio de paridad electoral, que exige por primera vez en unas elecciones generales que las listas al Congreso estén integradas por mujeres y hombres ordenados de forma alternativa.
Hasta ahora, la Ley Electoral exigía que las listas incluyeran al menos un 40% de candidatos de cada sexo, sin que ninguno pudiera superar el 60%, una proporción que debía respetarse también en cada tramo de cinco puestos. Sin embargo, la reforma introducida por la Ley Orgánica 2/2024, de representación paritaria, sustituyó este sistema por las denominadas listas cremallera por género.
Esta composición paritaria deberá respetarse en el conjunto de las candidaturas, sin separar titulares y suplentes, y también será obligatoria cuando las candidaturas al Senado se agrupen en listas. De esta manera, se logrará que la composición de ambas Cámara sea prácticamente paritaria.
1.090 LISTAS SE PRESENTARON EN 2023
Las Juntas Electorales Provinciales proclamaron en las elecciones del verano de 2023 un total de 1.090 listas a las Cortes Generales (550 al Congreso y otras 540 al Senado), 186 menos que en 2019. En la criba cayeron 66 candidaturas de formaciones extraparlamentarias por errores, no cumplir los requisitos y, sobre todo, por no adjuntar los avales necesarios.
En total, 4.892 candidatos competieron el 23 de julio de 2023 por los 350 escaños del Congreso y los 208 del Senado –este año se elige uno más tras el cambio constitucional que facilitó la creación de un senador propio para la isla de Formentera–, lo que supuso una media de diez aspirantes por cada plaza en la Cámara Baja y de 5,5 por cada asiento en el Palacio del Senado.

