El Supremo absuelve a un militar al que la Fiscalía acusó de adulterar prueba de orina

Santa Cruz de Tenerife, 27 mar (EFE).

– La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha absuelto a un militar al que la Fiscalía atribuía un delito de deslealtad por sospechar que cometió fraude cuando se le realizó una prueba de orina para comprobar si había consumido drogas.

El Supremo concluye con que los análisis no se llevaron a cabo con las precauciones exigibles, se desconoce el paradero de las muestras, si existen todavía o han sido destruidas, de manera que la absolución se basa en que “el tratamiento procesal no ha sido el correcto”, lo que da lugar a vulneración del derecho de defensa.

En la sentencia se señala que el militar fue elegido de forma aleatoria para realizarse una analítica junto con otros compañeros sin que ninguno de ellos tuviera conocimiento de que se iba a realizar la prueba.

Este tipo de análisis son aleatorios, se hacen por sorpresa y en este caso se llevó a cabo en los urinarios de las instalaciones militares bajo la observancia de un brigada, tras lo cual el soldado entregó el kit habitual que consiste en unos vasos con un precinto identificativo.

El militar que hizo de supervisor no observó operación extraña alguna, ni que el bote tuviera una temperatura anormal, por lo que tras ser precintado se envió a un laboratorio donde se sospechó que el contenido había sido adulterado al detectarse un nivel de creatinina “extremadamente” inferior al normal.

Por ello, se planteó la posibilidad de que la muestra había sido manipulada con el fin de dificultar o impedir la presencia de drogas de “abuso”.

El soldado firmó el documento confirmando que los tubos contenían orina suya, no consta que se le notificara el resultado, ni que se le ofreciera la posibilidad de realizar un contraanálisis pero días después sí tuvo que hacer otra prueba que no salió adulterada ni positiva, al igual que ocurrió siempre.

Tras quedar absuelto por el Tribunal militar territorial, la Fiscalía recurrió a finales de 2025 al TS pidiendo que se impusiera una condena por un delito de deslealtad, al que se opuso el abogado de la defensa.

El Supremo rechaza también a volver a valorar las pruebas practicadas y confirma la absolución basada en que no se le ofreció al acusado la posibilidad real de realizar un contraanálisis ni ejercer el principio de contradicción.

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