Un juzgado anula una sanción de 2.250 euros por dar un uso residencial a un apartamento

Las Palmas De Gran Canaria, 10 jul (EFE).

– La Plataforma de Afectados por la Ley Turística ha informado este jueves de que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha anulado una sanción de 2.

250 euros impuesta por la Viceconsejería regional Turismo en 2023 a la dueña de un apartamento por no dedicarlo a esta actividad.

En sus fundamentos de derecho, la titular del citado juzgado explica en su sentencia, contra la que no cabe recurso alguno, que «lo que motiva el inicio del procedimiento sancionador no es el incumplimiento del principio de unidad de explotación, sino el incumplimiento del deber de atenerse al uso turístico», tal y como establece el artículo 23 de la Ley de Vivienda de Canarias.

Es decir, «por considerarse que se ha dado un uso residencial a una unidad alojativa cuyo destino, según el planeamiento vigente, es el uso turístico», que este apartamento de dos llaves ubicado en Playa del Inglés, en el sur de Gran Canaria, dejó de tener desde 2016.

El fallo, facilitado a EFE por esta Plataforma, recalca que «la ausencia de explotación turística en ningún caso puede identificarse como un incumplimiento del deber de atenerse al uso establecido por el planeamiento, entre otros motivos, porque esta hipótesis se admite expresamente en el art.

42.

1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, sin asociarla a infracción ni a sanción alguna, y porque el ejercicio de la actividad turística es libre, según el art.

13.

1″ de la misma norma.

También precisa que el vigente Plan General de Ordenación de San Bartolomé de Tirajana «no prohíbe expresamente el uso residencial no turístico en la parcela de autos», incluida en la zona turística litoral del municipio, donde se permite esta complementariedad «a las tipologías de apartamentos, casas de vacaciones y bungalows» que se ubiquen en ella.

El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó el pasado 17 de marzo el decreto por el que se suspenden las sanciones a las personas empadronadas en apartamentos turísticos.

La consejera regional de Turismo y Empleo, Jéssica de León, explicó entonces que dicha suspensión concierne a todas las fases del procedimiento sancionador: a quienes se les ha incoado un expediente, a los que están en trámite y a los que están en causa de resolución.

Sobre quienes hayan sido sancionados y abonado las multas impuestas, admitió que «poco margen tiene» el Gobierno de Canarias para dejarlas sin efecto, si bien aseguró que se evitará una nueva sanción si los afectados continúan residiendo en esos apartamentos turísticos.

De León precisó que la suspensión de las sanciones se producirá entre los propietarios que estén incursos en procedimientos de cambio de uso de las parcelas, de turístico a residencial.

Además, el decreto aprobado derogó el artículo 24 de la Ley de renovación y modernización turística de 2013, que en una de sus disposiciones incluía «una expropiación encubierta» a ojos de los afectados con la «sustitución del propietario».

EFEpcr