Santa Cruz De Tenerife, 29 oct (EFE).
– El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rebajado de 81.
000 a 15.
000 euros la multa por infracción urbanística grave impuesta a los promotores del circuito de motocross en la Chacona de Abajo, en Güímar, construido en suelo rústico de protección agraria sin la preceptiva autorización.
La reducción de la sanción se basa en que la nueva ley da más valor a la reposición del terreno a su situación original que a la imposición de sanciones, pese a lo cual éstas se mantienen dado que se trata de un circuito con ánimo de lucro o potencial beneficio económico.
Los inspectores de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (APMUN) observaron que la obra sancionable correspondía al acondicionamiento del terreno para hacer un aparcamiento, ya que antes se habían edificado los muros de contención y asfaltado caminos.
En mayo de 2025 un juzgado desestimó el recurso contra la multa por haberse llevado a cabo movimientos de tierra, construcción de muros, colocación de grandes piedras y asfaltado de un camino interior para construir el circuito y una escuela de pilotos para mayores y niños.
El juzgado consideró que para llevar a cabo esta obra eran precisos los permisos, evaluación ambiental y medidas de seguridad, pese a que lo realmente ejecutado fue considerado como labores de preparación de terreno sin emplear técnicas complejas.
El TSJC tuvo en cuenta que antes de imponerse la sanción el dueño ya había realizado actuaciones para restablecer la legalidad urbanística después de que un tribunal en primera instancia lo ordenara y ratificara la multa inicial.
Ahora se indica que el correspondiente proyecto debe incluir las obras conforme al principio de menor demolición, por lo que se podrá conservar todo aquello que sea compatible con el uso agrario al que está destinado la finca.
Las actuaciones que dieron lugar al procedimiento sancionador se iniciaron en junio de 2020 con la denuncia de la APMUN por la realización de movimientos de tierras y terminaron en marzo de 2022 con un informe que valoraba lo ejecutado en 25.
600 euros.
El proyecto consistía en la construcción del circuito en dos bancales ubicados en suelo rústico ocupando una de ellos 4.
900 metros cuadrados y 3.
600 el otro, a las vez que se había procedido al asfaltado para hacer un aparcamiento y rampas de acceso a lo largo de 1.
400 metros cuadrados.
En la página web los promotores aludieron a la creación de un centro del motor para iniciación, exhibiciones y competiciones, cuya apertura se anunciaba como inminente con circuito de algo más de medio kilómetro y un ancho de cinco metros, en los que se observaron diversos acopios de tierra.
La otra pista tiene una longitud de 270 metros de largo y el mismo ancho, con una evaluación económica de 6.
500 euros, 15.
200 para el asfaltado y 4.
000 para el riego por aspersión.
Tras acabar el procedimiento sancionador en mayo de 2022 e imponerse la multa se celebró un juicio en el que se aportó un informe pericial de un técnico cuya conclusión fue que no se habían hecho muros, colocado piedras de grandes dimensiones ni llevado a cabo asfaltado alguno en al menos 14 años.
El promotor alegó que habían pedido licencia al Ayuntamiento y presentó un escrito en el que se demostraba el pago de casi 4.
000 euros, aunque luego los técnicos municipales confirmaron que la actuación incumplía el Plan General de Ordenación (PGO) de Güímar.
En el reciente fallo del TSJC se indica que las obras nunca llegaron a detenerse dado que no se acordó su suspensión y precinto, de manera que el Tribunal las da por terminadas basándose en las fotografías aportadas durante el procedimiento judicial.
EFEnra/asd1012088
