Las Palmas de Gran Canaria, 20 oct (EFE).
– El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ordenado al juez que se encargó del pleito abierto por la cementera CEISA para lograr que le permitieran seguir explotando el puerto de Santa Águeda (Gran Canaria) hasta 2046 que lo retome, pero teniendo presente que la petición ya ha sido denegada expresamente por el ente público Puertos Canarios.
Este litigio gira en torno a la decisión de Puertos Canarios de reconvertir el puerto industrial de Santa Águeda, en El Pajar, junto a Arguineguín, en un muelle deportivo, dándole así el uso turístico que prevén los planes de ordenación de Gran Canaria, algo que choca con el interés de CEISA de seguir usándolo para transportar sus materias primas y el cemento que produce en la fábrica anexa.
Y todo ello, teniendo en cuenta, además, que el permiso por el que CEISA explota ese puerto expiró el 19 de enero de 2023.
En este caso, la empresa había demandado a Puertos Canarios ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 7 de Las Palmas de Gran Canaria alegando que había desestimado por silencio administrativo su petición de seguir explotando ese muelle hasta 2046, con opción después a otros 30 años de prórroga.
CEISA sostiene que la gestión del puerto y la explotación de la mina de puzolana de la que se abastece su fábrica de El Pajar forman un mismo derecho indivisible, por lo que, si el permiso minero fue prorrogado en 2016 hasta 2046, la autorización de explotación del muelle necesariamente tendría que ser extendida hasta esa fecha.
El juzgado que vio el pleito en primera instancia no entró a valorar ese argumento de la cementera, simplemente condenó el 7 de julio de 2025 a Puertos Canarios a tramitar su solicitud de explotación de Santa Águeda y darle una respuesta en seis meses, sin predeterminar en qué sentido, si favorable o denegatoria.
Sin embargo, el TSJC considera que cometió un error, pues en el lapso de tiempo transcurrido desde que la empresa presentó su demanda hasta que el juez la resolvió, el consejo de administración de Puertos Canarios denegó expresamente a CEISA la prórroga de uso del puerto (4/12/2024).
Por eso, la Sala revoca la sentencia inicial, pero solo a los efectos de pedir al juez que retome el litigio y lo resuelva como crea procedente en derecho, pero teniendo presente que la solicitud de CEISA de seguir explotando Santa Águeda ya ha sido denegada.
En un comunicado, Puertos Canarios valora «favorablemente» esta decisión, que implica que el caso vuelve a manos del juez de instancia para que resuelva ya el fondo del asunto, remarca.
«Por tanto, el TSJC no concede a CEISA la nueva concesión ni resuelve definitivamente sobre la procedencia de su otorgamiento.
Tampoco entra a resolver la apelación de CEISA, al haber quedado anulada la sentencia contra la que se dirigía», añade.
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