Santa Cruz de Tenerife, 8 oct (EFE).
– Un jurado popular ha considerado esta noche culpable a un hombre acusado de matar al hermano de su expareja en la localidad de Fonsalía en el municipio tinerfeño de Guía de Isora además de agredir y amenazar a la mujer.
El tribunal, por unanimidad, además no acepta los atenuantes pedidos por la defensa de que actuó sufriendo un brote psicótico y por el contrario considera que lo hizo con alevosía.
Igualmente, descarta que sea un homicidio involuntario y que la agresión a su expareja pueda ser considerada un delito de lesiones como pedía el letrado del procesado.
Los hechos tuvieron lugar el 27 de noviembre de 2022 cuando el hombre entró por la ventana del garaje en el que vivía el hermano de su expareja y en el que se había refugiado la mujer tras haber mantenido días antes un altercado en el restaurante en el que trabajaba ella y en la guagua que los llevaba al domicilio de ambos.
Tras consumarse el asesinato frente al garaje, el procesado, según el relato de la Fiscalía, huyó del lugar en un taxi a Playa de Las Américas y de ahí cogió un avión a Gran Canaria para volver al día siguiente cuando sería detenido y llevado a los calabozos.
En el momento en el que iba a declarar, la Guardia Civil decidió llevarlo al Hospital de La Candelaria al apreciar que actuaba de forma extraña, de manera que se le diagnosticó un brote psicótico que según el médico que lo atendió no fue simulado.
El Jurado, sin embargo, no cree que este estado mental le hubiese impedido saber que estaba cometiendo un delito cuando acabó con la vida de su familiar y causó heridas a su expareja.
También descartan sus explicaciones que de ambos le robaban o de que fue al garaje en el que vivía la víctima a recoger la llave del mismo sin conocer que su expareja estaba durmiendo allí.
Además no le cree en su testimonio de que el que el cuchillo usado era propiedad de su cuñado y que intentó socorrerlo.
La Fiscalía pedía inicialmente un total de 44 años de prisión, por dos delitos de amenazas, intento de asesinar a su expareja y acabar con la vida del hermano de ésta y el pago de una indemnización de 245.
000 euros a la mujer y a familiares del fallecido.
La acusación particular, que representaba el abogado Jesús Maury-Verdugo García, se adhirió a esta petición y retiró la solicitud de prisión permanente revisable mientras que la defensa solicitaba la libre absolución o como alternativas que no estaba en sus cabales y que no fue un asesinato sino un homicidio y lesiones en vez de intentar acabar con la vida de la mujer, por lo que la pena se habría reducido a alrededor de 10 años.
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