Absuelto un acusado de dos agresiones sexuales porque solo se cuenta con un testimonio

Santa Cruz de Tenerife, 5 oct (EFE).

– La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha absuelto a un acusado de cometer dos presuntas agresiones sexuales en febrero de 2024 en la vivienda de la denunciante en Guaza en Arona, dado que sólo se cuenta con el testimonio de ésta última para inculparle.

En sus conclusiones finales la Fiscalía y la acusación particular mantuvieron su petición de dos años y medio de prisión y 7.

500 euros por cada uno de los dos supuestos delitos mientras que la defensa pedía su absolución.

El Tribunal concluye que en este caso debe prevalecer el principio de «in dubio pro reo», o lo que es lo mismo que la duda siempre se pone a favor del encausado, dado que el testimonio de los testigos tampoco parece concluyente y suficiente para imponer una condena.

“Sin considerar que el relato de la denunciante sea inveraz carece de indicios periféricos suficientes corroboradores y es aceptable considerar que las relaciones sexuales pudieran ser consentidas tal como relató el procesado”, se indica en el fallo.

Tras emitirse el fallo, el abogado de la mujer presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) al considerar que la sentencia incurre en “error en la valoración racional de la prueba practicada en el acto del juicio oral”.

En concreto, se apunta que la Audiencia obvia evidencias que son de “gran relevancia”.

La mujer dijo que se conocieron el 30 de enero de ese año en una discoteca de Las Verónicas y que él le pidió el teléfono, a lo que accedió y luego quedaron para verse aquella noche en la fiesta de Alcalá por lo que fue a recogerlo al aeropuerto porque venía de Gran Canaria.

Habría sido él quien le pidió quedarse en la casa para no pagar un hotel ya que se tenía que marchar al día siguiente, a lo que accedió,admite que se dieron “un par de besos” pero siempre dejó claro que no quería ir más allá.

Asegura que lo ocurrido no le ha causado daño psicológico de importancia, aunque una vez sí sintió pánico cuando creyó verlo en un lugar de ocio, no se ha sometido a tratamiento ni ha tenido que pedir una baja médica.

Una amiga que declaró como testigo dijo no recordar que en su declaración en el juzgado había calificado al hombre de “machista, narcisista” y que la víctima no le había contado que el hombre se había masturbado, lo que sí recordaba ahora.

Contradicciones “muy graves”, que la defensa ha utilizado para pedir la absolución de su cliente al detectar que existe un cambio de versiones, junto a que la acusación se fundamenta exclusivamente en el testimonio de la denunciante y que al día siguiente desayunaron tranquilamente y ella lo llevó al aeropuerto.

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